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Qué es el CCEDS

La Disposición Transitoria Primera de la Constitución  de la Provincia de Corrientes sostiene que el Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social es la formulación institucional de las coincidencias alcanzadas para la elaboración de políticas de estado, con el propósito de sostenerlas en el tiempo como denominador común para obtener el crecimiento económico, erradicar la pobreza y lograr la inclusión social.



INCISO 5


El Estado provincial ejecuta la planificación a través del Sistema Provincial de Planificación, que cuenta con un Órgano Ejecutivo y un Órgano Asesor Colegiado.


INCISO 8


La instancia de participación ciudadana en todo el territorio provincial se da por medio del Consejo de Crecimiento Económico y Desarrollo Social, que se constituye como organismo asesor del Sistema Provincial de Planificación. Su composición debe contemplar la integración de todas las regiones territoriales de la provincia, y está conformado por representantes de los municipios, de entidades civiles que nucleen a los sectores de la producción, economía, turismo, comunicación social, comercio y trabajo, de la comunidad académica en todas sus expresiones, y de los legisladores de ambas cámaras en igualdad de representatividad.

El CCEDS tiene como objetivo nuclear a las organizaciones de la sociedad civil, representantes del ámbito productivo, del turismo, la cultura, el comercio, las actividades académicas, deportivas, sociales e inclusivas; así como también referentes municipales, del Poder Ejecutivo y legisladores de ambas cámaras. El CCEDS es presidido por el Vicegobernador y está conformado por seis Consejos Regionales. Se constituye como un organismo asesor que tiene como función elaborar y presentar propuestas de leyes, resoluciones, declaraciones, proyectos o programas sobre temas de interés para el crecimiento y desarrollo integral de la provincia.

Todas las organizaciones de la sociedad civil, con mínimos requisitos, pueden adherirse a los Consejos Regionales, para ello, deben contar con personería jurídica, estatuto, balance y designar dos consejeros que participarán en las actividades propuestas en representación de dicha organización.


El CCEDS tiene por objetivo la participación ciudadana de todas las regiones territoriales de la provincia. Tiene por función asesorar al sistema provincial de planificación en cuanto a las demandas de la sociedad civil.


LEY N° 5960